Las obligaciones de las instituciones
frente a la primera infancia

Octubre 6, 2022

En junio de este año, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia. Una de las obligaciones de las diferentes instituciones, públicas o privadas, será la instalación de los Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI). Dichos centros son establecimientos destinados a la “atención integral a la primera infancia y promover un cuidado cariñoso y sensible”.

Durante la entrevista “5 minutos legales” de Radio Femenina, nuestra socia de la firma, Raquel Santos, aclaró que hay ciertos requisitos que se deben tomar en cuenta para la instalación de un CAPI en las diferentes empresas, negocios o instituciones del Estado.

“Aquellos patronos que tienen 100 o más trabajadores tienen la obligación de instalar uno de estos CAPI. Son los lugares físicos adónde van a tener todo equipado y tener personal preparado para que los trabajadores puedan llevar a sus hijos, para que se los cuiden y se los atiendan durante la jornada de trabajo”, expuso.

Asimismo, en cuanto a los requisitos de los infantes, las edades de los hijos de los empleados deben ser desde la finalización del periodo de maternidad hasta un día antes de cumplir los 4 años.

En este sentido, en el escenario que las empresas que deban instalar un CAPI o no se use una de las modalidades que la ley dice, se iniciará un proceso de sanción y carteras del Estado como el Ministerio de Trabajo se tomará la obligación de hacer una inspección a dichas instituciones.

“El patrono no podrá decir: no sabía que lo debía hacer. Se ha tenido todo este tiempo. Todavía faltan unos meses para finalizar el año para que se pongan en regla y darle cumplimiento a lo que mandata la ley”, indicó.

Además, nuestra experta dijo que hay 3 modalidades para instalar el CAPI: El primero consiste en establecer uno en la circunscripción del trabajo; el segundo es que, entre varios patronos que se encuentren en la circunscripción territorial, se pongan de acuerdo y hacer uno; la tercera opción es hacer uso de los Centros que estén en las alcaldías a cambio de una cuota.

La Ley Crecer Juntos entrará en vigencia el 1 de enero de 2023. Si quieres conocer más sobre el contenido de este reglamento y sobre la formación de los CAPI, puedes contactar al equipo de abogados y asesores de Torres Legal.

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